Tras un divorcio, algunos de los padres se hacen la siguiente pregunta: ¿me puedo llevar a mi hijo a otra provincia? Para responder a esta pregunta habrá que analizar en qué situación nos encontramos.
Cambio de provincia y menores
En las situaciones en que uno de los progenitores debe cambiar de provincia por motivos justificados, deberá notificar al otro con la intención de llegar a un acuerdo ya que este cambio de provincia va a afectar al régimen de visitas que estaba establecido para el menor hasta ese momento.
En caso de que el otro progenitor no dé su consentimiento a ese traslado, será el juez el que decida, teniendo que esperar para ese traslado a la decisión judicial.
En el caso del progenitor custodio, es decir el que ostenta la guarda y custodia del menor, debe acreditar el interés del menor. Esto quiere decir que para que el juez dé el consentimiento al cambio de domicilio se debe constatar que este cambio no resulta perjudicial para el menor.
Para el caso del cambio de domicilio del progenitor no custodio éste no tendrá este requisito, únicamente deberá cumplir con el requisito de contar con el consentimiento del otro progenitor. De no obtenerlo o no solicitarlo, tendrá unas consecuencias jurídicas para él. Por ello, es mejor no realizar tampoco ningún cambio de empadronamiento sin consentimiento del otro progenitor.
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Consecuencias jurídicas cambio de provincia con menores
Aunque lo mejor es que no se realicen actuaciones que constituyan un perjuicio para los menores, llevarse a un hijo sin el consentimiento del padre puede tener consecuencias jurídicas importantes.
De hecho, y siempre que sea determinado por el juez, puede llegar a considerarse secuestro parental.
Este delito de secuestro parental se encuentra recogido en el artículo 225 del Código Penal español.
En cuanto a las penas relacionadas con este delito de traslado de residencia de menores sin permiso del otro progenitor, éstas van de 2 a 4 años de pena privativa de libertad. Además del ingreso en prisión, el progenitor que cometiera el delito tendrá una inhabilitación para ostentar la patria potestad de los menores durante un tiempo variable de entre 4 a 10 años.
La pérdida de la patria potestad significa la suspensión del conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos menores. Es decir, durante ese tiempo todas las decisiones relativas a los menores recaerán sobre el progenitor que no ha cometido ningún delito.
Debido a que las consecuencias jurídicas derivadas del traslado del menor sin consentimiento del otro progenitor son graves, es mejor realizar una consulta especializada antes de llevar a cabo dicho traslado.
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De acuerdo con lo visto en este artículo, para realizar un cambio de residencia mientras se ostenta la custodia de un menor se necesita el consentimiento del progenitor no custodio, además de acreditar que no se perjudica el interés del menor.
De no contar con este consentimiento y realizar el traslado sin éste, se estará ante consecuencias jurídicas importantes, entre las que se incluye la pérdida de la patria potestad.
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