¿Puedo bloquear la cuenta bancaria en pleno divorcio estando mi ex autorizada en la misma?

Cuenta-bancaria-en-divorcio
Cuenta-bancaria-en-divorcio
Photo by Eduardo Soares on Unsplash

Cuando alguien se encuentra en pleno proceso de divorcio, son muchas las dudas que surgen acerca de los bienes que se venían disfrutando hasta el momento.

Pero una de las cosas más complicadas de gestionar es el dinero. Nadie quiere perder su dinero ni hacer algo que constituya un delito de apropiación indebida entre cónyuges.

Propiedad del dinero

Para saber de quién es realmente el dinero habrá que estar al régimen económico del matrimonio:

  • En régimen de bienes gananciales. El dinero de todas las cuentas bancarias es propiedad de ambos cónyuges, sin diferenciar si el titular es uno o los dos. Sin embargo, si existe una cuenta bancaria anterior al matrimonio, ese dinero será privativo del titular. 

  • En régimen de separación de bienes. El dinero de las cuentas conjuntas es de ambos a partes iguales, mientras que el de las cuentas conjuntas es únicamente del titular. 

Es importante tener claro de quién es el dinero a la hora de intentar realizar algunos trucos antes de divorciarse ya que puede que esa acción que se realiza constituya delito y el juez así lo determine en sentencia.

Tal vez pueda interesarte:

Actuaciones en las cuentas bancarias durante el divorcio

No todo lo que creemos que es posible hacer con el que creemos que es nuestro dinero está permitido legalmente. Por eso, es mejor tener en cuenta lo siguiente antes de realizar alguna acción ilegal.

  • En caso de régimen de separación de bienes:

    • Las cuentas conjuntas deberán ser repartidas al 50%. Al ser ambos cónyuges titulares, si uno de los dos retira una cantidad importante de dinero deberá justificar el motivo. 

    • De las cuentas individuales podrá ser extraído cualquier importe, incluso podrá ser bloqueada aunque el otro cónyuge sea autorizado en la misma

  • En caso de régimen de gananciales:

    • Tanto las cuentas conjuntas como las individuales se repartirán entre ambos cónyuges, entendiéndose que la propiedad es de ambos. No podrá retirarse una gran cantidad de dinero si no se justifica que es para uso del matrimonio.

    • Las cuentas en las que sólo se refleja como titular uno de los cónyuges también pertenecen al matrimonio al completo. Por ello, no podrá obtenerse todo el dinero o bloquearse la cuenta de un sólo titular, ya que el dinero también pertenece al otro cónyuge, esté autorizado en ella o no.  

Por tanto, hay que tener en cuenta el régimen de gananciales en el que se encuentra el matrimonio antes de determinar si una actuación es legal o puede conllevar algún delito, en cuyo caso el juez determinará en la sentencia la obligatoriedad de devolver el importe sustraído

Quizás puede interesarte:

Cuenta bancaria en el divorcio - Conclusión

Por tanto, y visto todo lo anterior, poder bloquear la cuenta en un proceso de divorcio estando el otro cónyuge autorizado en ella va a depender del régimen económico del matrimonio.

En los casos en que estemos hablando de separación de bienes no habría problema en hacerlo, mientras que en el régimen de gananciales esta actuación sería constitutiva de delito, ya que el dinero que en ella se encuentra es de ambos cónyuges.

Abogados en El Puerto de Santa María

En Bufete Fernández Lorenzo somos abogados especialistas en derecho Civil y de derecho de Familia. ¿Necesita asesoramiento? No dude en ponerse en contacto con nosotros.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  • Responsable: Juan Carlos Fernández Lorenzo.
  • Fin del tratamiento: Control de spam, gestión de comentarios.
  • Legitimación: Es gracias a su consentimiento.
  • Comunicación de los datos: No se comunican los datos a terceros salvo por obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad y olvido.
  • Contacto: jcfernandezlorenzo@gmail.com.
  • Información adicional: Más información en nuestra política de privacidad.