¿Que implica este nuevo impuesto a las grandes fortunas?
El Gobierno de coalición pretende que el impuesto adicional sobre las grandes fortunas entre en vigor a finales de 2022 y recaude 1.500 millones de euros.
El llamado “impuesto de solidaridad a las grandes fortunas” fue publicado por el Grupo Parlamentario Socialista de España y el partido Unidos Podemos el 10 de noviembre de 2022 a través de varias enmiendas conjuntas al proyecto de ley de nuevos impuestos temporales a la banca y a las empresas energéticas que se está tramitando en el Congreso de los Diputados.
El texto propone la introducción de un impuesto de solidaridad en el sistema tributario español con dos objetivos: aumentar la recaudación exigiendo mayores aportaciones a los contribuyentes con mayor capacidad económica para hacer frente a la inflación y a la actual crisis energética y armonizar la tributación sobre el patrimonio personal en las distintas comunidades autónomas.
¿En qué consiste?
El impuesto de solidaridad es de carácter directo y personal y está destinado a aplicarse en todo el territorio nacional. Su regulación jurídica se remite a la legislación del Impuesto sobre el Patrimonio en cuanto a los sujetos pasivos, la valoración de los bienes, el régimen de propiedad y las exenciones. La diferencia fundamental entre ambos impuestos es que el impuesto de solidaridad sólo grava a los contribuyentes con un patrimonio neto superior a 3 millones de euros, por lo que se establece como complementario.
Se supone que el nuevo impuesto es una medida temporal que se aplica durante los dos primeros ejercicios fiscales tras su devengo una vez que entra en vigor. Una vez transcurrido este periodo, se activará la llamada “cláusula de revisión” introducida en el texto, que permitirá al Gobierno evaluar sus resultados para decidir si lo mantiene o lo suprime.
Si la ley se publica antes del 31 de diciembre de 2022, como pretende el Gobierno de coalición, y dado que se devenga en esa fecha, el primer año de aplicación del impuesto de solidaridad sería 2022. La primera autoliquidación debería presentarse entre abril y junio de 2023. Si se publica más tarde o se fija una fecha de entrada en vigor posterior, el primer año de aplicación sería 2023.
Durante sus dos años de vigencia, el impuesto de solidaridad se aplicará en todo el territorio nacional, pero a excepción del País Vasco y Navarra (donde se hará un convenio especial con el Gobierno central), y la competencia para legislar este impuesto no será transferible a las comunidades autónomas.
¿A quién se aplica?
El impuesto de solidaridad se aplica a los contribuyentes que también están sujetos al impuesto sobre el patrimonio; es decir, a las personas físicas residentes, que tributan por su patrimonio neto en todo el mundo, y a las personas físicas no residentes, que tributan por su patrimonio neto en España. Las personas físicas no residentes sólo están obligadas a presentar una declaración de autoliquidación del impuesto si es exigible.
En términos generales, los contribuyentes residentes fuera de la Unión Europea deben designar un representante en España. Esta obligación también se aplica a los contribuyentes residentes que, tras el devengo y antes de presentar la declaración de autoliquidación, se ausentan de España y no regresan hasta después de la finalización del período de declaración.
El texto también introduce una propuesta de modificación de la ley del impuesto sobre el patrimonio, que incide en el impuesto de solidaridad. En concreto, se pretende gravar en el impuesto sobre el patrimonio aquellas estructuras en las que personas físicas no residentes tengan participaciones en entidades extranjeras con activos inmobiliarios subyacentes en España.
Si bien es cierto que numerosos convenios de doble imposición gravan la titularidad indirecta de bienes inmuebles, la redacción actual de la ley española del impuesto sobre el patrimonio no contempla esta posibilidad para los contribuyentes no residentes. Por lo tanto, esta modificación pretende corregir la discriminación existente con respecto a los contribuyentes residentes, que sí están siendo gravados por este tipo de estructuras.
¿Cómo se calcula?
La base imponible del impuesto de solidaridad está constituida por el patrimonio neto del contribuyente, calculado según las normas del impuesto sobre el patrimonio. Existe una exención mínima de 700.000 euros, que se aplica únicamente a los contribuyentes residentes.
Existen exenciones adicionales que se aplican al patrimonio neto en los mismos términos que los previstos en la ley del impuesto sobre el patrimonio. Así, por ejemplo, se trasladan a este impuesto exenciones como la vivienda habitual (hasta 300.000 euros) o la empresa familiar.
Una vez calculada una base imponible de más de 3 millones de euros, se aplica un tipo impositivo progresivo como el siguiente (cifras redondeadas)
- 0% hasta 3 millones de euros de patrimonio neto
- 1,7% entre 3 y 5 millones de euros de patrimonio neto
- 2,1% entre 5 millones de euros y un millón de euros de patrimonio neto
- 3,5% para un patrimonio neto superior a 10 millones de euros
¿Cómo se coordina con los impuestos sobre la renta, el patrimonio y otros similares que se pagan en el extranjero?
- Impuesto sobre el patrimonio. Debido a su carácter complementario, el texto prevé que el importe que una persona física paga en concepto de impuesto sobre el patrimonio (calculado según las normas de la comunidad autónoma local) pueda deducirse del impuesto de solidaridad. Esta deducción se justifica para evitar la doble imposición entre el impuesto de solidaridad y el impuesto sobre el patrimonio. Efectivamente, esto significa que el impuesto de solidaridad tendrá un mayor impacto en las comunidades autónomas en las que existen desgravaciones del 100% en el impuesto sobre el patrimonio, ya que no se generará ninguna deducción. Además, conviene estudiar si también tendrá impacto en las comunidades autónomas que aplican el impuesto sobre el patrimonio, pero con tipos marginales máximos inferiores al 3,5% (como Cataluña o Baleares), ya que el impuesto de solidaridad puede actuar como un impuesto complementario.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Para los contribuyentes residentes, se aplicará al impuesto de solidaridad la misma regla de limitación del 60% existente entre el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Por lo tanto, la cuota final agregada del impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto de solidaridad no puede superar el 60% de la base imponible del impuesto sobre la renta de las personas físicas. En caso de exceso, las cuotas del impuesto sobre el patrimonio y del impuesto de solidaridad deberán reducirse en un importe máximo del 80%. Por lo tanto, por aplicación de este límite, siempre habrá una tributación mínima del 20% para ambos impuestos.
- Otros impuestos pagados en el extranjero. Según el texto publicado, el impuesto de solidaridad se establece sin perjuicio de las disposiciones de los tratados y convenios fiscales internacionales. Por lo tanto, los contribuyentes residentes tienen derecho a las deducciones fiscales internacionales según los términos de la normativa del impuesto sobre el patrimonio.
¿Cuáles son las implicaciones prácticas del impuesto?
Entre otras, el objetivo del impuesto es garantizar, como tipo mínimo, que las denominadas “grandes fortunas” contribuyan al sostenimiento del gasto público de forma efectiva y uniforme en todo el territorio español, a pesar de las bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre el Patrimonio reguladas por las comunidades autónomas.
Según la información facilitada por el Ministerio de Hacienda español, el impuesto de solidaridad afectará a 23.000 contribuyentes de los que se espera recaudar 1.500 millones de euros. Según el texto publicado, esta cantidad servirá para financiar políticas de apoyo a los más vulnerables.
En concreto, según sus estimaciones, sólo el 1,4% de los contribuyentes del impuesto sobre el patrimonio se verá afectado por el tipo marginal del 3,5% del impuesto de solidaridad. En comparación, el 90% de los contribuyentes del impuesto sobre el patrimonio estarán exentos del impuesto de solidaridad porque no superan el umbral de 3 millones de euros de patrimonio neto.